¿Dudas sobre cómo postularte?
BASES Y CONDICIONES PREMIO FUNDACIÓN AVON
1. Sobre el Premio Fundación AvonEl Premio Fundación Avon (en adelante el “Premio”) es una iniciativa de la Fundación Avon para lase Mujeres (en adelante el “Patrocinador”) sujeta a estas bases y condiciones (en adelante, “Bases y Condiciones”), ue se desarrollará en la República Argentina y cuyos principales objetivos son:
o Reconocer los proyectos sociales que, liderados por mujeres y feminidades de todo el país, buscan impactar en la vida de otras mujeres y niñas, contribuyendo a conformar una sociedad más justa e igualitaria; y o Favorecer la visibilidad de dichos proyectos y su articulación tanto entre sí como con el sector público, privado y los medios de comunicación.
2. Condiciones y requisitos legales de participación
2.1 Pueden participar en el Premio aquellos proyectos cuyo propósito sea impactar positivamente en la vida de otras mujeres, niñas y/o feminidades, y cuyo objeto encuadre en lguna de las siguientes 5 (cinco) categorías temáticas, las cuales se describen con mayor detalle en el Anexo 1; Salud Integral; Educación; Cultura, Deporte y Recreación; Trabajo, Economía Social y Solidaría; Abordaje de las Violencias por motivos de Género (en adelante, “el Proyecto” o “los Proyectos”, según el contexto).
2.2 Dentro de cada una de las categorías antes referidas, se valorarán positivamente aquellos Proyectos que se encuentren relacionados con uno o más de los Objetivos de Desarrollo Sostenible impulsados por Naciones Unidas (en adelante, “ODS”) y aquellos que cuenten con una perspectiva transversal de género, derechos humanos y diversidad.
Para mayor información acerca de los ODS, consultar el siguiente enlace: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollo-sostenible/
2.3 Cada Proyecto que se presente deberá estar respaldado por una organización de la sociedad civil con más de dos años de antigúedad contados desde la fecha de inscripción en el registro público correspondiente (cualquiera sea la forma jurídica válida adoptada), cooperativa (cualquiera sea su tipo legal), escuelas y/o centros de formación profesional de gestión pública o privada de la República Argentina (en adelante “la Organización” o “las Organizaciones”, según el contexto) y ser liderados por una mujer ofeminidad, quien realizará la postulación del Proyecto (en adelante, “la Postulante” o “las Postulantes” según el contexto). La organización de respaldo podrá acompañar un solo proyecto en la postulación, a ser cargado en la categoría (2.1) correspondiente. La Postulante al Premio deberá ser mayor de 18 años, residente en la República Argentina.
2.4 No podrán postularse las mujeres o feminidades que hayan obtenido el Premioa Fundación Avon o el Premio Mujeres Solidarias en ediciones anteriores.
2.5 Las Postulantes no podrán ser empleadas de Cosméticos Avon S.A.C.I., del Patrocinador, Espacio Avon para la Mujer, ni de Proveedores o personal de Proveedores que presten servicios en las oficinas de Cosméticos Avon S.A.C.l., del Patrocinador o de Espacio Avon para la Mujer. Asimismo, las Postulantes no podrán ser familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad, ambos inclusive, de algún empleado de Cosméticos Avon S.A.C.l., del Patrocinador, de Espacio Avon para la Mujer ní de los proveedores mencionados anteriormente.
3. Documentación a presentar para la postulación.
3.1 La Organización deberá ingresar al sitio www.fundacionavon.org.ar entre el 1 de marzo y el 30 de marzo de 2023, y proveer la documentación que se detalla a continuación:
a. Formulario de inscripción, debidamente completado (Anexo I)
b. Currículum Vitae abreviado de la Postulante y del equipo de trabajo involucrado en la implementación del Proyecto que deberá seguir el formato sugerido por el Patrocinador en el sitio web de la inscripción, incluyendo la siguiente información: nombre y apellido; edad; formación educativa; historial laboral; experiencia en ONG; cuenta en redes sociales; información general del proyecto y sus integrantes.
c. Declaración jurada, debidamente completada y firmada por la Postulante que lidera el Proyecto (Anexo ll)
d. Declaración Jurada, debidamente completada y firmada por el representante legal o apoderado/as o autoridades con facultades suficientes para representar a la Organización que respalde el Proyecto (Anexo lll)
3.2 La firma de los documentos listados deberá ser consignada de puño y letra de la Postulante. Si ello no fuera posible, podrá ser excepcionalmente reemplazada por una imagen de dicha firma acompañada de la aclaración, la cual deberá constar en el documento. De ninguna forma se considerarán como válidas a aquellas firmas que hayan sido realizadas a través de softwares electrónicos. Los Proyectos no podrán ser copia de otros proyectos de terceros presentados en el presente Premio y/o en otros Premios. La Fundación Avon para las Mujeres no se responsabiliza por eventuales plagios de Proyectos. Aquellos Proyectos que no cumplan con los tiempos, formas y documentación requerida en estas Bases y Condiciones y sus Anexos no serán aceptados y serán excluidos.
3.3 Preselección de Proyectos. Luego de finalizado el plazo referido en el inciso 3.1, el Patrocinador realizará una preselección de un total de 40 (cuarenta) de los Proyectos presentados por las Postulantes con el respaldo de las Organizaciones. A los efectos de realizar esta preselección, el Patrocinador analizará la documentación presentada al momento de la postulación, considerando especialmente los objetivos del Proyecto y su potencialidad para impactar positivamente en la vida de la mujeres, niñas y feminidades. Adicionalmente se considerará la trayectoría de la Organización, la Postulante y del equipo de trabajo involucrado.
3.4 Una vez realizado ello, aquellos 40 proyectos preseleccionados, según el informe del Patrocinador, deberán presentar la siguiente documentación:
a. Acta Constitutiva o Instrumento Constitutivo de la Organización debidamente inscripto en la Autoridad de Contralor competente; Estatuto Reglamentario de la Organización y sus modificaciones debidamente inscriptas en la Autoridad de Contralor competente;
b. Constancia de inscripción de autoridades vigentes de la Organización ante la Autoridad de Contralor competente;
c. Memoria y Balance correspondiente al último ejercicio contable de la Organización certificado por Contador Público;
d. Constancia de Inscripción actualizada en AFIP de la Organización;
e. Certificado bancario de CBU de una cuenta bancaria de titularidad de la Organización. Se aclara que no se admitirán CBU de cuentas bancarias de personas físicas o de personas jurídicas distintas de la Organización;
f. Acta del órgano de Administración de la Organización, en la que se resuelva aprobar la postulación para el Premio y se autorice al Presidente, Representante
Legal, o cargo equivalente superior a suscribir en nombre de la Organización la documentación listada en el apartado 3 de las Bases y condiciones, incluyendo y sin limitarse a la solicitud, la aceptación, el o los convenios respectivos y a la percepción de la contribución en la o las cuentas indicadas.
3.5 El Patrocinador informará por correo electrónico a las Postulantes cuyos Proyectos hayan sido preseleccionados a los fines de suministrar la documentación listada de las Organizaciones que hayan respaldado los Proyectos preseleccionados y tendrán un máximo de 15 días corridos desde que se envíe el mencionado correo electrónico para enviarla por el mismo medio. Serán descartadas las postulaciones que no contengan la información y/o documentación requerida, en las condiciones antes establecidas.
3.6 En caso de que el Proyecto resulte preseleccionado, el Patrocinador podrá solicitarle referencias y documentación ampliatoria del Proyecto, de las postuladas y de la Organización (Ejemplo: fotos y/ o videos, notas periodísticas, resoluciones, publicaciones, premios obtenidos, estados contables, contratos suscriptos por la Organización, entre otros).
4 Fecha de cierre.
4.1 Las postulaciones podrán presentarse hasta el 30 de marzo de 2023 inclusive. En caso que el Patrocinador decida extender el plazo para las postulaciones, ello será comunicado con antelación suficiente oportunamente a través de los mismos medios que se comunican las presentes Bases y Condiciones.
5 Elección de los Proyectos Ganadores
5.1 Los 40 Proyectos semifinalistas preseleccionados por el Patrocinador, en la medida que presenten toda la documentación indicada en 3.3., serán evaluados por un jurado de 15 (quince) miembros como máximo e incluirá a referentes de las 5 categorías mencionadas en 2.1. Se deja expresamente aclarado que (í) si no hubiere proyectos preseleccionados de una categoría en particular o (ii) si los Proyectos de una categoría en particular no cumplieran con los requisitos establecidos en estas Bases y Condiciones, la categoría podrá ser declarada desierta por el jurado y el Premio podrá ser asignado a un Proyecto de otra categoría. Si por motivos de seguridad, salud y/o deber de respetar medidas de aislamiento preventivo relacionadas con COVID-19 el jurado no pudiera reunirse presencialmente, lo hará de forma virtual utilizando los medios electrónicos, de videoconferencia, videollamada o los que en ese momento se encuentren disponibles a tal fin. El jurado seleccionará a los 5 (cinco) Proyectos ganadores delPremio (los “Proyectos Ganadores”). Los Proyectos Ganadores serán electos en base alos siguientes criterios de evaluación:
5.1 Los objetivos del Proyecto y su potencialidad para impactar positivamente en la vida de la mujeres, niñas y feminidades de Argentina.
5.2 La consistencia del Plan de Inversión presentado para el desarrollo del Proyecto. El Plan de Inversión debe explicar de qué modo se aplicará la donación en dinero del Premio al desarrollo del Proyecto.
5.3 El compromiso, la ética y responsabilidad de la Organización y de la Postulante en la realización de acciones concretas para contribuir a mejorar las condiciones de vida de las mujeres, niñas y feminidades de Argentina.
5.4 La incorporación de una perspectiva transversal e integral de derechos humanos, género y diversidad sexual.
5.2 En el eventual caso que algún miembro del jurado tenga vínculos directos con alguna de las Postulantes, algún miembro de su equipo de trabajo y/o el Patrocinador, que a su sola consideración no le permitan tener un juicio imparcial u objetivo, deberá abstenerse de votar el Proyecto en cuestión y no podrá hacer ningún tipo de consultas.
5.3 Las Organizaciones y las Postulantes aceptan expresamente que la preselección de Proyectos y la elección de los proyectos ganadores será a entera discreción del Patrocinador y el Jurado de acuerdo con los parámetros objetivos descriptos en estas Bases y Condiciones, renunciando expresamente a efectuar reclamo alguno en caso de que su Proyecto no sea preseleccionado o seleccionado como ganador o mencionado.
5.4 Las Postulantes aceptan expresamente que el Patrocinador podrá, en cualquier momento, excluir del Premio a cualquier Participante u Organización por acciones contrarias a los valores y principios del Patrocinador, las leyes, a la moral y orden público. Será condición para hacerse acreedor del Premio cumplir con todos los requisitos señalados en estas Bases y Condiciones y sus Anexos. En caso de no cumplimentarlos se otorgará el Premio al siguiente Proyecto que siguiera en orden de obtención de votos del jurado. El proceso de votación y selección de los Proyectos Ganadores será examinado e inspeccionado por miembros de la firma San Martín Suárez Asociados, a ser designados por ésta.
6 Premio
6.1 El programa total de premios del presente Premio consiste en AR$ 3.000.000 (pesos tres millones), 5 estatuillas “Premio Fundación Avon” y un video institucional del proyecto presentado, que serán asignados de la siguiente manera: Los 5 (cinco) Proyectos Ganadores del Premio obtendrán la estatuilla “Premio Fundación Avon” a recibir por la Postulante de dicho Proyecto. Por su parte, las Organizaciones que hayan respaldado a los Proyectos Ganadores recibirán la suma total y única de ARS 600.000 (pesos seiscientos mil) que se asignarán a cada Organización en conjunto con el video institucional que será entregado luego de la Jornada de Reconocimiento (en conjunto con la estatuilla “Los Premios”). Los impuestos, tasas y/o retenciones y gastos que pudieran ser aplicables a Los Premios serán descontados de la suma de $600.000 (pesos seiscientos mil) que forma parte de Los Premios. El programa total de premios podrá aumentarse en caso de que los sponsors del Premio ofrezcan realizar un aporte. Si ello ocurriera, se comunicará a los Participantes con la antelación suficiente y por los mismos medios que se dio a conocer el Premio.
6.2 Cada Postulante y Organización ganadora deberá destinar Los Premios exclusivamente a sustentar en parte o en su totalidad al Proyecto Ganador presentado. En ningún caso, las Postulantes podrán recibir la donación en dinero a título individual.
6.3 El Patrocinador notificará a los Proyectos Ganadores del Premio durante el mes de julio de 2023 (mediante correo electrónico a las direcciones declaradas por la Postulante). La Postulante y el representante de la Organización respaldatoria de los Proyectos Ganadores deberán enviar una carta de aceptación del Premio por escrito. Los resultados serán comunicados en la página web del Patrocinador posteriormente en el mes de agosto.
6.4 La estatuilla del Premio Fundación Avon será entregada en un Evento de Premiación público (el “Evento” a realizarse en fecha y modalidad (presencial o virtual) a definir,en el marco de la Jornada de Reconocimiento del Premio Fundación Avon, el cual consta de una jornada de dos días de capacitación. Si por motivos de seguridad, salud y/o deber de respetar medidas de aislamiento preventivo relacionadas con COVID-19 o cualquier otra contingencia sanitaria, el Evento no pudiera celebrarse presencialmente, se realizará de forma virtual utilizando los medios electrónicos, de videoconferencia, videollamada o los que en ese momento se encuentren disponibles a tal fin, los cuales serán informados oportunamente. La asistencia de las Postuladas de los Proyectos Ganadores al Evento y a la Jornada de Reconocimiento, ya sea de manera presencial o virtual según sea el caso, es obligatoria y condición necesaria para la asignación del Premio, el cual incluye tanto la estatuilla “Premio Fundación Avon” como la donación en dinero que recibirá la Organización para el Proyecto. De forma complementaria al Evento, el Patrocinador podría decidir realizar eventos virtuales complementarios que deberán contar con la presencia de las Postuladas de los Proyectos Ganadores.
6.5 La donación en dinero se entregará a cada Organización respaldatoria del Proyecto Ganador mediante transferencia bancaria a depositarse en la cuenta que surja delCertificado bancario de CBU presentado por cada Proyecto Ganador al momento de su postulación. Como requisito previo y excluyente para recibir el Premio, la Organización deberá presentar el balance finalizado al 31 de diciembre de 2022 (conforme lo previsto en el punto 3.3.). La transferencia se realizará dentro de los 30 días de celebrado el Evento del punto 6.4.
6.6 Si la Postulante ganadora necesitare algún medio de transporte de larga distancia y alojamiento para asistir al Evento en que será premiada, en caso de que este se celebre de forma presencial, su costo y su elección quedará a cargo y a criterio exclusivo del Patrocinador. El Patrocinador no se hará cargo de otros servicios o gastos en los que incurran las Postulantes de los Proyectos ganadores (sin que la presente constituya una enunciación taxativa, consumiciones en el hotel, lavandería, llamadas telefónicas, bebidas, gasto por exceso de equipaje, etc.). Las Postulantes de los Proyectos Ganadores quedarán sujetas a las disposiciones de las compañías de transporte en todo lo referido a las condiciones y requisitos del viaje. El Patrocinador no asume responsabilidad alguna por la pérdida y/o sustracción (hurto o robo) y/o daño del equipaje y/o a su integridad física que pudieran sufrir las postuladas con motivo del viaje.
6.7 En caso de que alguna de las Postulantes de los Proyectos Ganadores no pudiera presenciar o asistir al Evento por cualquier causa o razón ajena al Patrocinador o si la Organización no presentare el balance (conforme lo dispuesto por los puntos 3.3. y 6.5), el Patrocinador tendrá la facultad de, en caso de considerarlo, otorgar el Premio al Proyecto que siguiera en orden de obtención de votos del jurado.
6.8 Las Organizaciones receptoras de la donación en dinero serán responsables del pago de todos los impuestos nacionales, provinciales y municipales aplicables, así como de cualquier otro costo, gasto o retención asociado con motivo o en ocasión de la entrega y la utilización de Los Premios.
6.9 Las Organizaciones receptoras de la donación en dinero deberán presentar la rendición de gastos e informe de resultados en un lapso no mayor a 1 (un) año, a partir de la fecha de la obtención del mismo. Dicho informe deberá ser remitido vía mail a la cuenta premiofundacionavontavon.com o en su defecto al domicilio denunciado por el Patrocinador en estas Bases y Condiciones. En caso de que se produzca alguna modificación en el plan de inversión del Proyecto, la misma deberá ser preaprobada previamente por el equipo técnico del Patrocinante y debidamente fundamentada por la Organización receptora de la donación. En caso de que las Organizaciones receptoras de la donación en dinero no lo utilicen para la implementación del Proyecto o no realicen la rendición de gastos en el plazo indicado, deberán devolver al Patrocinador la donación en dinero y serán responsables por todos los daños o perjuicios que pudieran ocasionarle en relación con estas conductas.
6.10 Las Organizaciones receptoras de la donación en dinero deberán guardar toda la documentación respaldatoria de los gastos e informes de resultado por un plazo mínimo de 3 (tres) años desde la fecha de la obtención del mismo. Durante este período, el Patrocinador tiene derecho a realizar auditorías con el fin de corroborar la correcta utilización del dinero otorgado como Premio.
7 Misceláneas
7.1 Las personas interesadas en participar podrán solicitar orientación y asesoramiento gratuito para cumplir con estas Bases y Condiciones, por e-mail escribiendo a premiofundacionavonOavon.com
7.2 Al participar de este Premio y aceptar estas Bases y Condiciones, las Postulantes, como así también las Organizaciones, otorgan al Patrocinador su consentimiento previo, expreso e informado para recolectar, procesar y para almacenar en las bases de datos a nombre del Patrocinador los datos personales proporcionados oportunamente al momento de completar la documentación para la postulación detallada en el punto 3 de estas Bases y Condiciones y/o en cualquier momento a lo largo del proceso de participación del Premio, de conformidad con lo descripto en las presentes Bases. Estos datos personales incluyen, pero no se limitan, al nombre, apellido, correo electrónico, fecha de nacimiento, teléfono, teléfono celular, documento nacional de identidad, domicilio, experiencia laboral, puestos de trabajo, formación educativa, currículum vitae, estado civil, imagen fija y/o en movimiento y voz de las Postulantes y nombre, personas de contacto, domicilio, objetivos, misión, antecedentes, fuentes de financiamiento, alianzas con terceros, cuentas de redes sociales e información sobre la Organización (los “Datos Personales”). Ello, a efectos de que las Postulantes y las Organizaciones puedan ser incluidos como participantes del Premio, evaluadas por el jurado, contactadas por el Patrocinador a los fines del Premio, proporcionarles información y comunicaciones útiles, noticias y actualizaciones de actividades del Patrocinador. Las Postulantes y las Organizaciones reconocen que, si no proveen dichos Datos Personales o los proveen de manera inexacta, es posible que no puedan participar del Premio o que el Patrocinador no pueda contactarse con ellos a los fines indicados en estas Bases y Condiciones. Asimismo, el Patrocinador se compromete a no compartir ni ceder los Datos Personales con terceros, salvo (I) con el propósito de realizar la entrega del Premio, (IN con los sponsors del Premio, a los fines de que la misma se pueda realizar; CIIN en caso de que el Patrocinador sea auditado o sea parte de un proceso de due diligence, o en caso de fusión, consolidación, cambio en el control societario, transferencia de activos sustancial, reorganización o liquidación del Patrocinador; (IV) con agencias de publicidad o creativas a los efectos de realizar la promoción y visualización pertinente de las Postulantes de los Proyectos Ganadores. Las Postulantes y las Organizaciones entienden también que -como titulares de los Datos Personales - tienen derecho a solicitar el acceso, rectificación, actualización y -en su caso- supresión de sus Datos Personales enviando un correo electrónico con copia de su DNI a premiofundacionavoned.avon.com. El Patrocinador, conforme lo dispuesto por las normas aplicables, le informa que la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N* 25,326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.
Asimismo, las Postulantes del Premio y las Organizaciones, al participar del Premio y aceptar estas Bases y Condiciones, autorizan expresamente al Patrocinador a difundir sus Proyectos junto con los Datos Personales, incluyendo la imagen personal de las Postulantes, y las marcas, logos, e|mágenes de las Organizaciones, en los sitios web y cuentas de redes sociales del Patrocinador y/o a utilizarlos en cualquier medio grafico o audiovisual ya sea creado o a crearse o en cualquier tipo de soporte, realizados directamente o en colaboración con terceros (siendo posible que la imagen y voz sean retocadas en la medida en que ello sea técnica o estéticamente necesario a criterio exclusivo del Patrocinador o de quien este designe) y/o en cualquier evento de naturaleza institucional relacionado con el Patrocinador, con fines publicitarios y/o promocionales relacionados con el Premio y con las actividades que lleva a cabo el Patrocinador. Dado que la participación en el Premio es voluntaria, la autorización es otorgada de manera gratuita, sin límite territorial ni temporal y tendrá vigencia desde la aceptación de estas Bases y Condiciones.
7.3 La participación es libre y gratuita eimplica la aceptación y cumplimiento total de estas Bases y Condiciones.
7.4 Cuando circunstancias no previstas así lo justifiquen, el Patrocinador podrá cancelar, suspender o modificar los términos del Premio siempre y cuando ello no altere la esencia del Premio, ní disminuyan el programa de Premios previsto en el punto 6.1. El Patrocinador comunicará estas circunstancias al público con antelación suficiente y por los mismos medios por los que se dieron a conocer estas Bases y Condiciones.
7.5 Todo incumplimiento de estas Bases y Condiciones, todo abuso de los derechos de las mismas, toda conducta contraria por parte de las Postulantes u Organizaciones en forma individual o colectiva en detrimento de los intereses del Patrocinador, incluyendo sin limitación, el envío de datos erróneos, inexactos o fraudulentos podrá resultar en la exclusión del Premio o la anulación de Los Premios y estatuillas asignadas, sin derecho a reclamo por parte de las Postulantes u Organizaciones. La decisión que adopte el Patrocinador en tal sentido será inapelable.
7.6 Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del Premio, las Postulantes y el Patrocinador se someterán a la jurisdicción de los tribunales nacionales ordinarios del domicilio de las Postulantes.
7.7 El Premio será auditado por la Firma SMS - San Martin, Suárez € Asociados, manteniendo total confidencialidad respecto de la información suministrada por el jurado y la Fundación AVON para la MUJER y de los resultados en todas las etapas de evaluación.
7.8 La Fundación Avon para la Mujer es una organización que obtuvo personería jurídica mediante resolución de la Inspección General de Justicia (IG J) N* 224, N? de CUIT 30-70383535- 6, con domicilio en Martín Rodríguez 4013, Victoria, Provincia de Buenos Aires, Argentina. Teléfono: 0810 777 3863 (costo de llamada local).
7.9 Puede encontrar estas Bases y Condiciones y sus Anexos lll y Ill visitando w ww.fundacionavon.org.ar. También puede solicitarlas vía e-mail escribiendo a premiofundacionavontavon.com
Anexo 1- Descripción de las Categorías
Este año desde el Premio Fundación Avon, queremos reconocer a proyectos sociales liderados por mujeres y feminidades, que impacten positivamente en la vida de otras mujeres, niñas y feminidades!.
Buscamos proyectos sociales que puedan aplicar sistemáticamente la perspectiva de género?, derechos humanos? y diversidad, en todas las acciones, programas y políticas, en cada una de sus fases de planificación, ejecución y evaluación. La perspectiva de género es una propuesta política en tanto exige un compromiso a favor de la construcción de relaciones de género equitativas y justas.
Para ello incorporamos 5 categorías para que puedas cargar tu proyecto social. Premiaremos un proyecto social por categoría.
En caso de tener consultas respecto de la categoría de pertenencia de su proyecto, comuníquese vía mail al siguiente correo electrónico premiofundacionavonaavon.com para poder brindarle una mejor orientación, con el siguiente asunto “CONSULTA CATEGORÍA PREMIO FUNDACIÓN AVON 2023”.
Salud Integral.La presente categoría busca incorporar proyectos sociales liderados por mujeres y feminidades que se propongan contribuir con la promoción de la salud y la prevención de enfermedades, a través de acciones de concientización, investigación, intervención, prevención, cuidado del ambiente y educación, entre otras. Entiéndase por salud integral, “un estado de completo bienestar físico, l Entiéndase por feminidades a todas aquellas personas que, independientemente de su sexo biológico, se identifiquen con o asuman una identidad y/o expresión de género femenina.
1 Entiéndase por perspectiva de género: la compresión de los condicionantes socioculturales en la construcción de las identidades de género así como el reconocimiento de la igualdad de derechos. Ésta perspectiva implica reconocer las relaciones de poder que se dan entre los género, en general favorables a los varones como grupo social y discriminatorias para las mujeres, feminidades y personas del colectivo LGBT+; que dichas relaciones han sido constituidas social y históricamente y son constitutivas de las personas; que las mismas atraviesan todo el entramado social y se articulan con otras relaciones sociales, como las de clase, etnia, edad, preferencia sexual y religión, entre otras. (Ministerio de Educación)
3 El enfoque basado en los derechos humanos se centra en los grupos de población que son objeto de una mayor marginación, exclusión y discriminación. Este enfoque a menudo requiere un análisis de las normas de género, de las diferentes formas de discriminación y de los desequilibrios de poder a fin de garantizar que las intervenciones lleguen a los segmentos más marginados de la población. (Fondo de Población de las Naciones Unidas)
4 Entiéndase por diversidad sexual a todas las posibilidades que tienen las personas de asumir, expresar y vivir la sexualidad. mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades” (OMS).
Educación
La presente categoría busca incorporar proyectos sociales liderados por mujeres y feminidades que se propongan contribuir con el proceso educativo de otras mujeres, niñas y feminidades en los ámbitos en que estas se desenvuelven, a través de acciones de concientización, investigación, intervención, formación, prevención y cuidado, entre otras. Entiéndase por educación todo “proceso participativo y transformador, en el que el aprendizaje y la conceptualización se basa en la experiencia práctica de las propias personas ygrupos” (Paulo Freire).
Cultura, Deporte y Recreación
La presente categoría busca incorporar proyectos sociales liderados por mujeres y feminidades que se propongan contribuir, garantizar y fortalecer los espacios de recreación, autoconocimiento y esparcimiento, en ámbitos artísticos, culturales y deportivos. Entiéndase por recreación al “conjunto de actividades humanas relacionadas con el esparcimientofísico y mental, destinadas al placer, la diversión y el entretenimiento”.
Trabajo, Economía Social y Solidaria.
La presente categoría busca incorporar proyectos sociales liderados por mujeres y feminidades que se encuentran orientados a potenciar el trabajo de la economía social y solidaria, a través de la puesta en valor de la producción, los espacios comunitarios, la comercialización, la capacitación, la innovación, la estabilidad y formalización de las trabajadoras que la integran. Entiéndase por economía social aquellos proyectos que “promuevan la inclusión socio productiva a través del trabajo genuino, solidario y la organizacióncomunitaria” (Ministerio de Desarrollo Social).
Abordaje de las violencias por motivos de género.
La presente categoría busca incorporar proyectos sociales liderados por mujeres y feminidades que se encuentran orientados a prevenir, concientizar y actuar ante situaciones deviolencia por motivos de género. Entiéndase por prevención
y asistencia todas las acciones tendientes a “preservar la vida, los derechos y la integridad física y social de una mujer e identidad feminizada, que se encuentre en situación deviolencia por motivos de género, otorgándole el soporte social, legal, comunitario y/o de salud que requiera”.
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